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Lo que suele legislarse, regularse, judicializarse y sancionarse son las manifestaciones flagrantes de la captura y la corrupción asociada. El soborno, el nepotismo y ciertas formas de negociación con información privilegiada, por nombrar algunas, son ejemplos de comportamientos y prácticas generalmente prohibidos por la ley.

Si bien algunos síntomas de conducta indebida pueden estar prohibidos y los actores de la demanda son castigados(por ejemplo, el funcionario público que acepta el soborno),tanto la causa de raíz(socavar al Estado por parte de intereses privados o políticos),los actores responsables de la oferta (por ejemplo, el empresario que perpetra la captura), el comportamiento menos flagrante(por ejemplo, el cabildeo)y sus efectos(desigualdad resultante, desafección, concentración del mercado, etc.)a menudo son intocables.

La ausencia de la captura corporativa en los marcos legales, por ejemplo, ha llevado a algunos a cuestionar su validez como concepto pues, a menudo, es legal.En Colombia y Brasil, por ejemplo, prácticas extractivas y agroindustriales que dañan el medio ambiente han sido legalizadas, básicamente obviando la necesidad de capturar a los legisladores, reguladores y jueces que anteriormente eran los objetos invariables de la captura.

Además de legalizar las prácticas de captura, el derecho blando, las normas, las prácticas voluntarias y similares, son también vías importantes hacia la legalidad para los actores de la oferta que buscan capturar al Estado.

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